jueves, octubre 16, 2008

Comunicado del día 16 de Octubre de 2008

Apreciados padres: De acuerdo con la legislación vigente, en breve realizaremos la RENOVACIÓN PARCIAL del CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO, que constituye el instrumento de participación en el control y gestión del centro de los distintos sectores que constituyen la comunidad educativa.
Este Centro, por medio de esta nota informativa, pretende resumirles a continuación las disposiciones al respecto, para que tengan un conocimiento de las mismas a la hora de ejercer sus derechos reconocidos por las leyes.

CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO

a) COMPOSICIÓN:
- El Director del Centro, que será su presidente.
- El Jefe de Estudios.
- 1 Concejal o representante del Ayuntamiento.
- 4 profesores elegidos, por el Claustro.
- 4 padres/madres de alumnos, elegidos entre ellos.
- 1 alumnos, elegidos entre ellos
- 1 representante del personal de Administración y Servicios, elegidos entre ellos.
- El Secretario del Centro, con voz pero sin voto.

b) ATRIBUCIONES (entre otras):
1. El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes atribuciones:
a. Formular propuestas al equipo directivo sobre la programación anual del centro y aprobar el proyecto educativo, sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.
b. Elaborar informes, a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y sobre aquellos otros aspectos relacionados con la actividad del mismo.
c. Participar en el proceso de admisión de alumnos y velar para que se realice con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.
d. Aprobar el reglamento de régimen interior del centro.
e. Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.
f. Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y su liquidación.
g. Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar.
h. Proponer las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con otros centros, entidades y organismos.
i. Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa.
j. Ser informado de la propuesta a la Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo.
k. Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
l. Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.
2. Las Administraciones educativas podrán establecer una denominación específica para referirse al Consejo Escolar de los centros educativos.

NORMAS GENERALES SOBRE LAS ELECCIONES DE PADRES Y MADRES DE ALUMNOS/AS

- TODOS LOS PADRES Y MADRES SON ELECTORES (puede votar cada uno).

- TODOS LOS PADRES Y MADRES SON ELEGIBLES (puede salir elegido cada uno) siempre que hayan presentado previamente su candidatura escrita.

- Todo el proceso electoral se regulará por las disposiciones legales vigentes y será dirigido por la JUNTA ELECTORAL DEL CENTRO.

- JUEVES, día 16 de octubre, se realizará en acto público el sorteo de los miembros que deben formar la JUNTA ELECTORAL DEL CENTRO, órgano formado por el Director, un profesor, un padre de alumno, un alumno y un representante del personal no docente.

- Cada ELECTOR podrá anotar en las papeletas de votación un máximo de 2 nombres de candidatos.

- Además de las candidaturas individuales, la Junta Electoral podrá admitir candidatura diferenciadas promovidas por las Asociaciones de Padres de Alumnos y las Asociaciones u otras organizaciones de Alumnos

- La MESA ELECTORAL presidirá las votaciones y estará formada por el Director del Centro, dos padres de alumnos designados por sorteo. Actuará de Secretario uno de los padres.

- Podrá haber padres/madres de alumnos/as que actúen de supervisores, siempre que sean propuestos por un APA o avalados por, al menos, el 5% de los electores.

- Para poder votar es necesario estar en el CENSO ELECTORAL y llevar el D.N.I. o documento similar (permiso de conducir, pasaporte, ...). Compruebe que su nombre está incluido en el censo acudiendo al colegio entre los días 23 y el 24 de octubre.

- Del 27 al 30 de octubre es el plazo para la presentación de CANDIDATURAS.

- El día 17 ó 18 de noviembre se celebrarán las ELECCIONES PARA REPRESENTANTES DE PADRES al Consejo Escolar.

NO RESERVES TU PARTICIPACIÓN SÓLO PARA LAS GRANDES OCASIONES. PARTICIPA AHORA.
PARTICIPANDO SERÁS COPROTAGONISTA DE LA ACCIÓN EDUCATIVA DE TU CENTRO.
NO BASTA CON “DEJAR” PARTICIPAR, PARTICIPA.
PARTICIPANDO ASUMES TU COMPROMISO COMO MIEMBRO DE UNA COMUNIDAD ESCOLAR.


Atentamente,

En Agüimes, a 16 de Octubre de 2008. La Dirección.