lunes, junio 21, 2010

Comunicado del día 21 de Junio de 2010

AYUDA DE MATERIAL ESCOLAR ALUMNADO DE E. INFANTIL PARA EL CURSO 2009/2010

Estimada Familia:

Le informamos que el Cabildo de Gran Canaria ha convocado unas subvenciones para material didáctico para el alumnado de Educación Infantil matriculado en Centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Isla de Gran Canaria.

El número máximo de ayudas concedidas para este centro son 18, la cuantía es de 80 euros por beca y la documentación necesaria deberá presentarse antes del día 25 de Junio.

Para la selección de los alumnos/as, se procederá a determinar la renta familiar para lo cual se considerarán como miembros computables:

a) Los progenitores que convivan con el menor.

b) Los hijos mayores de edad con discapacidad física, psíquica o sensorial o incapacitados judicialmente, sobre los que tengan la patria potestad.

c) Los hijos solteros menores de veinticinco años, que convivan en el domicilio familiar y por los que los padres se apliquen la deducción por descendientes en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

d) Los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores.

En el caso de separación o divorcio, no se considerará miembro computable aquel de ellos que no conviva con el alumno seleccionado por el Centro Docente. No obstante, en su caso, tendrá la consideración de miembro computable el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación.

Para el cálculo de la renta familiar se tomarán las rentas de cada uno de los miembros computables de la familia que obtengan ingresos de cualquier naturaleza, incluidas en los modelos de declaración o solicitud de devolución, por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al período impositivo 2008 y se efectuará por agregación de aquellas del siguiente modo:

a) Se sumará la Base Imponible General y la Base Imponible del ahorro del periodo impositivo año

2008.

b) De este resultado se restará la cuota líquida total.

En el caso de que uno o varios de los miembros computables de la renta familiar, tengan algún tipo de minusvalía acreditada, la renta familiar obtenida, se multiplicará por 0,8.

Determinada la renta familiar, con arreglo al anterior procedimiento, se procederá a calcular la ‘renta familiar pér cápita’ que resultará de dividir la renta familiar entre el número de miembros computables.

Una vez calculada la ‘renta familiar pér cápita’, se ordenarán a los alumnos/as en orden creciente de la renta familiar pér cápita y comenzarán la distribución de la subvención por el alumno/a matriculado en Educación Infantil de menor renta familiar pér cápita, continuando hasta completar 18 alumnos/as.

Todas aquellas familias interesadas en solicitar la ayuda económica de 80 € para material didáctico de alumnos-as de E. Infantil, deben pasar por la Secretaría del Centro a retirar la Solicitud y entregar la documentación correspondiente antes del 25 de junio de 2010.

Agüimes, a 21 de junio de 2010.


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